Hoy en día el colectivo que integran los profesionales autónomos cuenta con una serie de subvenciones, que hacen más fácil el desarrollo de su actividad diaria. Sin embargo, algunas de ellas resultan poco conocidas para estos trabajadores, por lo que resultan menos demandadas que otras soluciones. Es por ello que a continuación analizamos en qué consisten estas ayudas y cómo se pueden conseguir.
En primer lugar destaca la subvención financiera. Esta ayuda se basa en la reducción, de hasta cuatro puntos, del interés fijado por la entidad de crédito que concede el préstamo destinado a financiar las inversiones de los autónomos. La cuantía máxima de tal subvención es de 10.000 euros y el préstamo ha de dirigirse a la creación y puesta en marcha de una empresa.
A su vez, también es importante la subvención para asistencia técnica. Esta iniciativa tiene una cuantía de hasta el 75% del coste de los servicios prestados, con un máximo de 2.000 euros, y consiste en la financiación parcial de la contratación externa de servicios necesarios para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial. Dentro de la misma quedan incluidos los estudios de viabilidad, comercialización y diagnosis.
Por último, los autónomos también se pueden beneficiar de la subvención para formación. Estas ayudas se basan en la financiación parcial de cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial así como de nuevas tecnologías de la información y de la comunicación. Tienen una cuantía de hasta el 75% del coste de los cursos recibidos, con un máximo de 3.000 euros.
OBLIGACIONES DE LOS AUTÓNOMOS
Para poder acceder a estas ayudas, los beneficiarios están obligados a realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención así como a mantener su actividad empresarial y su alta en la Seguridad social durante al menos tres años.
Además, los autónomos pueden acceder a otro tipo de ayudas más conocidas, como la subvención por establecimiento como trabajador autónomo, cuya cuantía máxima se sitúa en los 10.000 euros. Una ayuda que se determinará en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo del solicitante, según si el mismo forma parte del colectivo de desempleados en general, jóvenes menos de 30 años, mujeres o discapacitados.